Los conflictos por la posesión de agua: dos casos registrados en archivos de Oaxaca y Puebla
Gracias a las tareas que realizamos en Adabi, hemos tenido la fortuna de limpiar, ordenar e inventariar innumerables archivos históricos del país; en ellos se resguardan documentos que dan fe de las tradiciones y costumbres de los pueblos de México. Por otro lado, en los archivos también atestiguamos las problemáticas de las que son protagonistas. En este sentido, sabemos que desde el periodo virreinal existen numerosos conflictos, por ejemplo, entre los pueblos donde el agua escasea o es limitada. Aunado a ello, el encuentro entre el mundo indígena y el europeo fue un factor que igualmente generó una serie de desacuerdos en torno a este tema. Al ser un elemento vital para el desarrollo de la agricultura y otras actividades de la vida diaria, la posesión del agua es algo que se busca a toda costa, y los ejemplos que a continuación se describen son muestra de las dificultades que se atraviesan para lograrlo.
Dentro de los documentos que resguarda el Archivo Histórico Municipal de San Felipe del Agua, Oaxaca, se encuentra un expediente de 1607 que da testimonio de las diferencias que se generaron por los usos del agua y la tierra durante el choque cultural entre zapotecos y europeos. Este documento, que es el más antiguo del archivo, está integrado por una serie de diligencias y probanzas en las que se lee que los naturales de San Felipe entablaron un pleito sobre la propiedad del agua y la tierra contra un español de nombre Carlos de Luna y Arellano. Los naturales de San Felipe argumentaban que don Carlos de Luna amenazaba con construir un ingenio para moler metales. En su defensa, los pobladores sostenían que la construcción de este establecimiento perjudicaba a la agricultura, su única actividad de sustento, ya que su desagüe se mezclaría con el cauce del arroyo usado para regar la siembra. Las cosechas, aparte de ser destinadas para el consumo de la población, también servían para pagar el tributo a la corona. Al final, la real audiencia dictaminó en favor de los naturales y ordenó al mariscal don Carlos de Luna que desistiera de su propósito.
Otro caso de conflicto entre pueblos por el uso del agua es el registrado en el Archivo de la Junta Auxiliar de San Mateo Tlacoxcalco, del municipio de San José Miahuatlán, Puebla. Ahí se resguarda un documento que data de 1719. Se trata de un testimonio que describe cómo, desde el año de 1638, el pueblo de San Mateo había solicitado a la comunidad de San Gabriel Chilac una merced del manantial de agua salada de la barranca de Zapotitlán, recurso del que ambos se beneficiaron cuando brotó la fuente. Gracias al pacto entre los dos pueblos, durante cuatro años los habitantes de San Mateo poseyeron el manantial de forma pacífica, mientras abastecían de agua a los naturales de San Gabriel.
Posteriormente, en 1711, se publicó un edicto sobre la composición y posesión de tierras y aguas, lo que motivó a los habitantes de San Mateo a solicitar su adjudicación, suscitando el conflicto entre ambos pueblos. Los de San Mateo mostraron sus títulos, refiriendo que poseían 600 varas de tierra, además de dos caballerías compradas a los naturales de San Gabriel; también señalaban que, durante las noches, usaban cuatro surcos de agua provenientes de San Andrés, así como medio surco de agua salada que habían poseído en los últimos 30 años por convenio con los de Chilac.
En la solicitud de adjudicación se presentaron varios testigos que hicieron comentarios sobre el uso del agua del manantial. También se menciona que, por un desacuerdo entre un habitante de San Mateo con uno de San Gabriel, sobre el agua que corre en medio del surco de riego, se dio una trifulca, saliendo lesionado el de San Gabriel. Luego de este suceso, el alcalde del pueblo cerró el paso de agua, lo que causó daños a las milpas de San Mateo. Los vecinos del pueblo pidieron la adjudicación del agua a la autoridad, quien resolvió que no había lugar para la posesión de aguas por ser de un mismo manantial, así que decidieron discutirlo durante 30 días. Finalmente, el ojo de agua se remató en $375, con exclusión del derecho de media renta en caso de librarse a alguna de las partes interesadas.
Tristemente, estos ejemplos de conflicto no se reducen a ser un tema que haya quedado en el archivo como un mal recuerdo. Depende de nosotros hacer conciencia, e invitar a quienes nos rodean a reflexionar sobre el adecuado uso del agua; dentro de algunos años, alguien más estará revisando nuestro archivo y se encontrará con las muestras de nuestros esfuerzos.