Boletín FAHHO No. 13 (Jul-Ago 2016)

FOMENTO A LA COMERCIALIZACIÓN DE ARTESANÍAS

Eric Chávez

El sector artesanal cuenta con un nuevo decreto anunciado por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) que autoriza a instituciones dedicadas a la promoción de artesanías así como a las comercializadoras, generar la facturación y la retención de los impuestos correspondientes para el artesano con el sistema de cumplimiento a través de quien adquiere las piezas. Esto permite que los artesanos con ingresos menores a 250 000 pesos anuales no inscritos en el SAT y que no cuentan con RFC, cumplan con sus obligaciones fiscales a través de los adquirientes. Con este decreto no se generan mayores obligaciones para los artesanos que opten por utilizar este método, ya que el adquiriente es quien retiene, reporta y paga los impuestos correspondientes ante el fisco.

Para llevar a cabo este proceso, el artesano debe proporcionar al adquiriente su nombre, CURP, actividad que realiza, domicilio donde elabora las artesanías y firmar un escrito que autoriza al adquiriente la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Todo el proceso se realiza por internet en la página web del SAT, que ahora cuenta con un nuevo apartado especial para artesanos.

Los artesanos que ya cuenten con un RFC, activo o suspendido, deberán acudir a la oficina del SAT correspondiente a su domicilio, a consultar su estado fiscal antes de iniciar este proceso con el adquiriente, ya que no se debe duplicar el RFC.

Aunque todavía implica un proceso con muchos pasos para poder generar las facturas, esta opción es viable para quienes comercializan y necesitan deducir el IVA de sus compras de artesanías. Por otro lado, esta opción beneficia a los artesanos que viven en localidades alejadas a las cabeceras distritales, donde no se cuenta con internet para generar facturas electrónicas. El SAT espera ver un incremento en el número de contribuyentes a corto plazo, así como, contar un panorama y registro más certero del número de artesanos que se encuentran en el estado. Para mayor información consulta la página del SAT.

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