SIGNUM NOTARIAE: LA MARCA DEL ESCRIBANO
El Archivo Histórico de Notarías de Oaxaca es uno de los acervos más importantes de México, congrega la historia cotidiana de nuestro estado; está integrado por 2 066 libros divididos en tres secciones: Escribanos, Notarios Públicos y Jueces Receptores que datan de finales del siglo XVII hasta principios del siglo XX.
Durante más de tres siglos, los escribanos novohispanos encargados de dar fe a los actos que presenciaban, suscribieron sus documentos con el signo y la leyenda en testimonio de verdad. Dicho signo representaba la honorabilidad y legitimidad de su quehacer como escribano, haciéndose evidente en un documento incluso para quienes no supieran leer. La exposición Signum notariae ofrece una pequeña muestra de estas particulares marcas plasmadas en los libros del Archivo Histórico de Notarias de Oaxaca. Nos invita a apreciar su belleza, a la par de llevarnos a través de un recorrido histórico que va desde los fundamentos de las escribanías españolas del siglo XVI hasta las reformas mexicanas del siglo XIX, instituidas por Juárez.
En el periodo colonial y hasta finales del siglo XIX la Ciudad de Antequera, Oaxaca, contó con 59 escribanías identificadas cada una con los nombres de los escribanos y sus respectivos signos. Cabe mencionar que el signo es un dibujo realizado de puño y letra por el escribano, de forma geométrica que adopta la tipología de una cruz (latina, griega, aspada) a partir de la cual conforma una figura que a modo de marca lo distinguía entre los demás funcionarios de la pluma.
El espirante a escribano requería cumplir ciertos requisitos, entre los más importantes destacan: tener un mínimo de 25 años, tener buena vida, fama e integridad y ser capaz de desempeñar el oficio. Cumplidos los requisitos solicitados por la legislación novohispana, el Monarca concedía junto con el título real al nuevo escribano un signo individualizado, para que con él refrendase las actuaciones que en su presencia se estipulasen. Cada escribano tenía un signo personal y la inserción de éste confería al documento la validez jurídica general y el carácter de autenticidad.